CONDUCTA INFRACTORA

Orange sancionada por el retraso en la puesta en marcha de la portabilidad fija

La CNMC ha impuesto a Orange una sanción de 500.000 € al declarar a la compañía responsable de una infracción muy grave tras incumplir una Resolución de la extinta CMT (26 de abril de 2012) que aprobó la modificación de las especificaciones técnicas para la portabilidad fija (la conservación de la numeración fija en caso de cambio de operador), que permitían reducir los plazos.

Cibersur.com | 09/07/2014 09:48

A causa de ese incumplimiento, los nuevos procesos de portabilidad fija se iniciaron cinco meses más tarde de lo previsto.

La portabilidad fija en un día se puso en marcha finalmente el 11 de noviembre de 2013, tras la imposibilidad de Orange para cumplir con la fecha inicialmente fijada, que marcaba el 1 de julio de 2013 como límite para poner en funcionamiento las modificaciones de los procesos de portabilidad. La CMT se vio obligada entonces a retrasar los plazos y a imponer a Orange multas coercitivas que ascendieron a unos 510.000 euros (ver Resolución).
 
Ahora, tras haber finalizado el proceso de instrucción del procedimiento sancionador, la CNMC ha considerado probado que durante cuatro meses y diez días, Orange retrasó la puesta en marcha de las modificaciones de la portabilidad fija.
 
El incumplimiento de una Resolución aprobada por Consejo supone una “infracción muy grave”, tipificada en el artículo 53.r) de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones. El importe de la sanción se ha establecido teniendo en cuenta que la actuación negligente de Orange causó perjuicios sobre el derecho de los usuarios a portarse en plazos más reducidos y sobre el resto de operadores del mercado telefónico fijo, que estaban disponibles en la fecha establecida.
 
De todos modos, como circunstancia atenuante, se estima que la conducta infractora de Orange no le reportó ningún beneficio directo o indirecto.
 
A pesar de que la operadora entiende que ya fue sancionada con la imposición de multas coercitivas, la Resolución recién aprobada por la CNMC considera, de conformidad con lo establecido en la normativa administrativa y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que “la multa coercitiva es independiente de las sanciones que puedan interponerse con tal carácter y compatible con ellas”.
 
En 2013 se portaron casi 2 millones de números de telefonía fija en España.



Envíanos tus Comentarios

Cibersur no se hace responsable de las opiniones reflejadas en los comentarios
introducir este texto en la contenedor de la izquierda recargar
Comentarios - total 0


Quienes Somos | Publicidad | Suscripción | Contacto | Nota Legal
© CIBERSUR Edita CPS S.L. en Sevilla (España, UE)